El próximo 1 de junio de 2015 entrarán en vigor las previsiones, contenidas en la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, para configurar un Tablón Edictal Único, a través del “Boletín Oficial del Estado”.
A partir de esa fecha, los anuncios de notificación que realice cualquier Administración Pública cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de la notificación, o bien intentada esta, no se hubiese podido practicar, deberán publicarse necesariamente en el BOE. Previamente, y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar el anuncio en los boletines territoriales o en los tablones de anuncios existentes.
Esta nueva regulación resultará de aplicación cualquiera que sea la Administración competente para realizar la notificación, la materia sobre la que verse o el tipo de procedimiento administrativo de que se trate, incluidos aquellos que cuentan con normativa específica.
Con el objetivo de facilitar la puesta en marcha del nuevo régimen de publicación de los anuncios de notificación, la Agencia Estatal BOE está trabajando en una doble línea:
- Adaptación de la estructura del diario oficial “Boletín Oficial del Estado”: en este ámbito, la principal novedad es la creación de un Suplemento específico de notificaciones cuyo aspecto más relevante consistirá en que una vez transcurridos tres meses desde su publicación, los anuncios de notificación solo resultarán accesibles mediante un código de verificación (CVE) de carácter único y no previsible.
- Desarrollo de las previsiones de la Ley 15/2014, que establecen que la AEBOE pondrá a disposición de las diversas Administraciones Públicas un sistema automatizado de remisión y gestión telemática para la publicación de los anuncios de notificación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Sistema de envío
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 15/2014, la AEBOE va a poner a disposición de todas las Administraciones Públicas, dos formas de envío telemático de los anuncios de notificación:
- Remisión de la información en formato xml, mediante servicios web o a través de la Sede Electrónica de la AEBOE. Esta opción tiene carácter preferente, en particular para aquellos organismos o Administraciones que emiten un importante volumen de anuncios. Las entidades usuarias de este sistema podrán recibir la información sobre los anuncios publicados cada día, mediante servicios web, al objeto de incorporarlas a sus propios sistemas internos de información.
- Remisión de los anuncios mediante un formulario, al que podrán acceder las personas habilitadas por cada órgano, entidad o Administración.
El sistema se completará con un interfaz que permitirá a las Administraciones hacer el seguimiento del procedimiento de publicación, gestionar las incidencias que puedan producirse en el mismo y acceder a los datos de publicación de cada anuncio, incluido su CVE, sin límite temporal alguno.
Registro de usuarios
La gestión de usuarios del sistema TEU permitirá que cada administración, órgano o entidad implemente los niveles de descentralización en los permisos de acceso al sistema que considere idóneo, configurando el número de administradores y de habilitaciones para consulta, y firma/envío que precise en cada momento, adaptado a su estructura organizativa. Todos los usuarios deberán contar con un certificado electrónico reconocido y estar dados de alta en el repositorio horizontal de usuarios de las Administraciones Públicas (AutenticA).
Aquellas administraciones que deseen acceder al sistema TEU deberán comunicar a la AEBOE la relación de usuarios que vayan a tener la condición de “administradores iniciales o raíz” del sistema (hasta un máximo de 5), mediante la remisión cumplimentada del documento adjunto, suscrito por autoridad competente (Subsecretarios en el ámbito de la AGE, Consejeros de Presidencia en el ámbito de las CCAA, Presidentes/Directores de las entidades de Derecho Público , con independencia funcional o especial autonomía). En el caso de las entidades locales, tendrán la consideración de administradores iniciales los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que presten servicios en la entidad, por lo que no es necesario efectuar comunicación al respecto a la AEBOE.
En todo caso, los administradores iniciales podrán dar de alta a otros administradores y usuarios, para los ámbitos del DIR3 que se definan en el momento del alta.
En el caso de que se opte por enviar los anuncios de notificación a través del servicio web se deberá enviar a la AEBOE la siguiente información:
- Certificado de firma. Clave pública del certificado con el que van a firmar las peticiones. Este certificado se proporcionará en formato PEM. El servicio web no permitirá el acceso a solicitudes firmadas con otros certificados.
- Ámbito de publicación. Código o códigos dir3 a partir de los cuales se van a realizar las publicaciones. El servicio web rechazará aquellos anuncios que no correspondan a ese ámbito previamente definido.
Información adicional
- En todos los casos, la publicación de los anuncios de notificación en el BOE se producirá de forma gratuita, sin contraprestación económica alguna.
- El “Boletín Oficial del Estado” se publica todos los días del año, salvo los domingos.
- Los anuncios de notificación serán publicados dentro de los tres días hábiles siguientes a su recepción, salvo los supuestos de imposibilidad técnica, solicitud de un plazo de publicación superior por el órgano remitente o que el anuncio de notificación requiera de subsanación. A estos efectos, los anuncios de notificación recibidos después de las 12:00 horas del viernes, los sábados, días festivos y 24 y 31 de diciembre se considerarán recibidos a las 8:00 horas del primer día hábil siguiente.
- Conforme a lo previsto en la nueva redacción del artículo 112 de la Ley General Tributaria, que entrará en vigor el 1 de junio de 2015, la publicación de los anuncios de notificación de carácter tributario se efectuará los lunes, miércoles y viernes.
- En el caso de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico, las Administraciones que estén adheridas al sistema TESTRA, podrán optar por continuar remitiendo sus anuncios de notificación a la Dirección General de Tráfico, en los mismos términos en que vienen realizándolo hasta ahora. LA DGT será la encargada de remitir los citados anuncios a la Agencia Estatal BOE.